La publicidad engañosa, ¿cómo evitarla? - Tamara Álvarez Villabrille
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La publicidad engañosa, ¿cómo evitarla?

¿Alguna vez te has sentido engañado al comprar un producto y al verlo no ser lo que esperabas o te habían dicho que era?. Esto es mucho más común de lo que parece, ya que a todos en algun momento de nuestras vidas nos ha pasado.

La publicidad engañosa es aquella que nos invade sin darnos cuenta, aquella que vemos de una forma y al tener el producto cerca es algo totalmente distinto. Y es que, ¿a quién no le ha pasado pedir algo online y que nos llegue otra cosa que no tiene nada que ver con lo pedido?. Lo que pides vs lo que recibes

Ahora bien, también se puede considerar publicidad falsa aquella que omite datos fundamentales sobre los productos o servicios que se anuncian, es decir, aquella que no es veraz y que sin los datos que el fabricante omite nos está también engañando.

¿Cómo se pueden detectar los distintos tipos de publicidad engañosa para evitar ser engañados?

  • Mensajes y expresiones ambiguas que pueden interpretar su significado en un sentido equivocado.
  • Ocultar información importante.
  • Mentir sobre las características.
  • Ensalzar las características del producto basándose en estudios falsos o manipulados.
  • Mostrar imágenes que no se corresponden con su apariencia real.
  • Ofrecer un producto a un precio determinado sabiendo que no hay existencias.
  • Promociones, sorteos o concursos fraudulentos.
  • Hacer referencia a errores en el precio del producto para venderlo a un precio superior al ofertado.
  • Incitar a que el consumidor relacione el producto con una marca determinada.
  • Afirmar que la marca está adherida a algo falso.
  • Anunciar un producto como gratuito cuando el consumidor va a tener que pagar.
  • Mencionar que el producto estará disponible solo durante un período muy breve de tiempo para dar carácter de urgencia a la compra.

Todas éstas informaciones a alguno nos las han dicho en alguna ocasión poniendo en duda que muchas empresas las utilicen para generar ventas. Y ahora abro debate, ¿hasta que punto es legal utilizar «alguna mentira» en alguna venta con el fin de vender?.

Pues estaros tranquilos porque existen sanciones para las empresas que utilizan la publicidad engañosa para generar ventas.

Se recogen en el artículo 282 del Código Penal. En dicho artículo se establecen “penas de prisión de 6 meses a 1 año o multa de 12 a 24 meses a los fabricantes o comerciantes que, en sus ofertas o publicidad de productos o servicios, hagan alegaciones falsas o manifiesten características inciertas sobre los mismos, de modo que puedan causar un perjuicio grave y manifiesto a los consumidores, sin perjuicio de la pena que corresponda aplicar por la comisión de otros delitos

Existen tan solo 3 anuncios en los últimos 20 años sanciados por haber engañado o inducido a error sobre los beneficios ambientales de los productos que anunciaban. Las marcas son: Font Vella, Kia y Honda. Desde estos tres casos no se ha estimado ninguna reclamación sobre publicidad engañosa en medio ambiente, según consta.

Font Vella: La nueva “garrafa ecoligera”

En 2010, un spot de Font Vella rodado en una clase con niños anunciaba una “nueva garrafa ecoligera”, que una voz en off presentaba como “la primera hecha con plástico reciclado”.

El jurado concluyó que la publicidad de Font Vella incumplía la normativa 14 del Código de Conducta Publicitaria, pues un consumidor podía concluir que la garrafa estaba fabricada íntegramente con plástico reciclado, mientras que solo estaba compuesta en un 25% de este material. También el anuncio afirmaba que era un 40% más barata siendo una información falsa ya que no deja comparar el precio de la garrafa sin la garrafa ecológica.

https://www.youtube.com/watch?v=BGFFyzf60SA

KIA y Honda, coches “ecológicos”

En 2011 se anunciaban coches como “ecológicos” sin aportar argumentos que respaldasen tal afirmación: un anuncio de Honda y otro de KIA, que promocionaba su modelo Picanto.

Se entendió que la publicidad infringía la ley en tanto que la calificación de “ecológico” debía acompañarse de una argumentación que tampoco podía limitarse a citar las emisiones de CO del coche.

Honda se negó a retirar el anuncio de su página web, alegando que cuando recibió la notificación ya se había terminado la campaña en televisión.

KIA, por su parte, interpuso un recurso de alzada en el que insistía en que la publicidad reclamada se ajustaba a la legalidad vigente y que no podía ser considerada como engañosa. Finalmente desestimaron el recurso.

https://www.youtube.com/watch?v=oV8ncQHzSRk

¿Qué es el «greenwashing» o publicidad verde fraudulenta?

En la actualidad muchas empresas desarrollan productos o proyectos relacionados con el cuidado del medio ambiente.

Esto ha dado lugar al greenwashing, que define las malas prácticas de las empresas en la presentación de un producto ecológico o respetuoso con el medio ambiente.

Así, la publicidad verde engañosa trata de engañar al consumidor aludiendo a que el producto presenta ciertas características que lo hace responsable con el medio ambiente y el desarrollo sostenible, cuando es falso.

¿Por qué evitar la publicidad engañosa en tu empresa?

  • Para evitar denuncias y posibles sanciones.

Es muy importante que tu negocio no reciba ninguna denuncia ni sanción ya que además de generar una mala reputación, el coste económico siempre es elevado.

  • Para evitar generar una mala imagen para la empresa.

Una mala imagen generará una mala reputación, ya que es muy dificil que los clientes, organismos de control, administraciones públicas, socios o inversores vuelvan a tener confianza en la empresa y que esa mala reputación se convierta en buena.

Por lo tanto, ¿qué no es publicidad y es por tanto publicidad ilícita?

La publicidad se puede definir como «una forma de comunicación visual, escrita, o auditiva cuya función principal es informar, difundir y persuadir al consumidor sobre un producto o servicio, insertar una nueva marca o producto dentro del mercado de consumo, mejorar la imagen de una marca o reposicionar un producto o marca en la mente de un consumidor».

Y bien, tras ésta definición, existen malas prácticas de la publicidad en cuestión convirtiéndola en publicidad ilícita, que resumidad a grandes rasgos son:

  • La publicidad que atenta contra la dignidad de las personas (amparado por la CE)
  • La publicidad subliminal, aquella que recibimos inconscientemente.
  • La publicidad dirigida a menores que les incita a comprar explotando su inexperiencia.
  • La publicidad desleal, la publicidad engañosa y la publicidad agresiva.

Por eso tanto para vendedor como para consumidor es muy importante conocer la publicidad engañosa que podemos tener al alcance de la mano, que en un primero momento nos puede parecer ventajosa para generar ventas (en el caso de vendedor) pero que puede acarrear consecuencias muy negativas, asi como fraudes.

¿Te acuerdas de éste anuncio?. Pues sí, ¡¡es publicidad engañosa!!

https://www.youtube.com/watch?v=JxoVQ47ZIHQ

Así que RECUERDA,

La mejor publicidad es la que hacen los clientes satisfechos

Kotler

 



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